Colectivo de Geografía Crítica de Ecuador

Geografiando para la Resistencia

Informe sobre los impactos ambientales y sociales del proyecto minero Mirador

En julio del 2019, el Colectivo de Geografía Crítica del Ecuador realizó una visita al proyecto minero Mirador ubicado en la Parroquia Tundayme, Cantón El Pangui en la provincia amazónica de Zamora-Chinchipe. Este es el primer proyecto de minería a gran escala que entró a la fase de explotación, por lo cual adquirió el estatus de proyecto emblemático de la expansión de la actividad minera en el Ecuador.

La visita del Colectivo de Geografía Crítica del Ecuador fue motivada por la preocupación sobre los impactos y la posibile vulneación de los derechos humanos y de la naturaleza en torno al proyecto. Las principales preocupaciones investigadas fueron los impactos a los cuerpos hídricos por el proyecto minero, los permisos y el cumplimiento con a Ley minera, y Impactos sociales y violencias de género. La metodología desarrollada se basó principalmente en la observación directa, entrevistas y conversaciones informales con personas de la comunidad y visitas a los al rededores del proyecto minero para constatar el avance de las actividades.

El informe sobre la visita señala las siguientes posibles violaciones de los DDHH y de la naturaleza por el proyecto minero Mirador, las cuales requieren de atención inmediata por parte de las autoridades competentes:

· Los ríos en la zona tienen una alta carga de sólidos suspendidos. La presumida causa de la turbidez son los varios puntos de descarga de agua proveniente de las instalaciones del proyecto. Algunas de estas descargas parecen además causadas por el desbordamiento no planificado de las instalaciones. Las aguas descargadas con son visiblemente turbias.

· La ubicación de las obras del proyecto sobre los ríos de la zona implicarán una fuerte afectación de los mismos, más aún cuando esto lleva a su desvío o efectiva extinción.  Esto atenta contra los artículos 318 y 411 de la Constitución.

· Las concesiones y el área operativa no cumplen con el artículo 39 de la Ley Minera en que consta: “Ningún concesionario minero podrá tener uno o más títulos que en su conjunto sumen un área superior a cinco mil hectáreas mineras a partir de la etapa de explotación.” Ambas áreas superan con más de mil hectarias la 5000 hectarias permitidas por la Ley.

· Se observa además el incumplimientos con la consulta previa, libre e informada con las comunidades del pueblo Shuar como es el  territorio Churuwia que intersecciona con las concesiones y el área operativa del proyecto.

· En el 2015 y 2016 se dio el desplazamiento forzado de familias campesinas en la zona por parte del Estado. Muchas de estas familias aún no han podido rehacer sus vidas en un nuevo lugar, lo que pone en duda el cumplimiento de derecho internacional.

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