El Colectivo participó en el juicio de la Comuna Ancestral San Jacinto del Pindo en el que solicitaba una acción de protección constitucional por el otorgamiento de predios privados urbanizables dentro de su propiedad colectiva. Manuel Bayón fue la persona encargada de parte del Colectivo por su experiencia en procesos de despojo urbano en la Amazonía.
Este juicio ejemplificó notablemente la forma en la que ha funcionado históricamente el despojo de las comunas indígenas amazónicas ante los procesos de colonización que fueron cristalizando a lo largo de los siglos XIX y XX en la plasmación de infraestructuras viales y núcleos urbanos. A mediados del S.XX, para detener el despojo, la Tribu Indígena de Puyo se constituyó y logró un proceso de mediación para legalizar la parte de territorio que aún no había sido ocupada por la colonización, y que se auto-renombró como Comuna Ancestral San Jacinto del Pindo. En la actualidad, el crecimiento de las ciudades amazónicas, de Puyo, en este caso, continúa invadiendo los territorios colectivos.
Uno de los elementos cruciales en el juicio fue el relato de las personas más mayores de la comuna, que declararon ante el juez cómo fueron expulsadas de sus viviendas de los espacios que actualmente son el centro de la ciudad de Puyo, en una operación de limpieza étnica que se llevó a cabo a mediados del S.XX. Por otro lado, es un elemento importantísimo que la escritura que se acordó en 1947 entre la comuna y el Estado no corresponde con el mapa que después realizó el Estado, en el que falta uno de los puntos, causalmente, el más cercano a la ciudad de Puyo. El punto de la escritura denominada Salamaracocha no es identificado por el Estado ni incluido en el mapa ni el catastro hasta la fecha (como pudo atestiguar el técnico experto del Ministerio de Agricultura), por lo que la comuna queda totalmente en indefensión.
Lamentablemente, en este proceso, el juez encargado de la demanda, no consideró estos elementos como fundamentales, permitiendo que el título colectivo de la comuna siga siendo amputado. Desestimó realizar una visita técnica a terreno para verificar la versión de la comuna, y se desestimó la acción de protección. El juicio mostró la incomprensión de la judicatura ante los despojos históricos de la colonización, así como mostró al Estado defendiendo las líneas dibujadas por el Estado 77 años atrás como verdad originaria.
El amicus curiae se basó en los procesos de ocupación urbana sobre territorios comunitarios, la contrastación del mapa estatal con el mapa de la comuna, así como la recolección bibliográfica de diferentes publicaciones que explican los procesos de usurpación de tierras indígenas. También se personó la CONAIE como Amicus Curiae.



