La Corte Constitucional hace inconstitucional el Decreto 751

Al eliminar la permisibilidad en el artículo 3 de explotar en la Zona de Amortiguamiento de la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane, invalida la construcción de Ishpingo como pretende el Estado. Añade numerosos elementos interesantes para la protección de los Pueblos Indígenas Aislados. Sentencia íntegra:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *